Las relaciones humanas se caracterizan por tener momentos de concordia y de conflictos, sin embargo, estos últimos se logran solucionar de manera adecuada. Sin embargo, en ocasiones, es difícil poder encontrar un punto de acuerdo y se da a lugar discusiones y conflictos entre las personas. Es por ello que como colegio, queremos estar preparados ante esta situación si es que se llegase a producir un conflicto entre un apoderados y un profesor o viceversa.
MEDIDAS Y SANCIONES
Ante una situación en la cual un apoderado arremete verbalmente a un docente, se hace necesario entregar una carta o informe interno dirigida a la Superintendencia de Educación, manifestando tal situación ocurrida, para que dicha institución tome conocimiento de las circunstancias en que ocurrieron los hechos y para que quede una constancia escrita. Esta carta es redactada por el docentes, firmada también por la Directora del establecimiento, lo que avala el respaldo.
La sanción previa a un sumario interno realizado por Dirección o Coordinadora de Convivencia, podrá generar consecuencias también en el estudiante del cual el apoderado es responsable, pudiéndose dejar con condicionalidad por el tiempo que sea necesario, previa entrega de carta escrita y firmada por el apoderado, donde solicite disculpas al profesor y al colegio por lo ocurrido. Si existe un cambio de actitud positiva, se podrá levantar la decisión de condicionalidad, previa evaluación por parte de la Dirección del Establecimiento.
Si la situación vuelve a ocurrir, se procederá a cancelar la matrícula del estudiante una vez terminado el año escolar, previa del equipo de convivencia y Dirección como también puede realizarse el cambio de apoderado del alumno.
Toda la situación ocurrida, quedará por escrito en actas y libro de convivencia escolar.
ACCION FISICA POR PARTE DEL APODERADO AL DOCENTE
Ante situación de agresión física por parte de un apoderado a un docente del establecimiento del Liceo Argomedo se dejará constancia escrita de tal situación en el libro de Registro de entrevistas de Convivencia Escolar o Actas, las cuales estarán a cargo de la coordinadora, quien deberá dejar firmado y timbrado lo ocurrido, además de solicitar la firma del docente agredido.
Se hace indispensable realizar un sumario interno por Dirección, además de entregar por escrito carta a la Superintendencia de Educación, detallando la situación. Esta carta es redactada por el docente y firmada por la Directora. Las consecuencias con el estudiante son las mismas, que el caso de agresión verbal. Si este no cumple con este requisito, es causal de expulsión del estudiante del establecimiento educacional, ya que existe una vulneración de los derechos del docente.
OBLIGACION DE DENUNCIA DE AGRESION:
La Dirección del establecimiento, en conjunto con el docente agredido, deberá denunciar cualquier acción que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas. Se deberá denunciar a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los Tribunales competentes, dentro de las 24 horas, desde que se tome conocimiento del hecho. Además se avala y se solicita el hecho de tomar fotografías de las agresiones sufridas para que sirven de evidencias ante Carabineros de Chile.
AGRESION VERBAL POR PARTE DEL DOCENTE HACIA EL APODERADO
Si existiese la situación de agresión verbal por parte de un docente del establecimiento hacia una apoderado del mismo colegio, se notificará con una carta de amonestación escrita por el Sostenedor del establecimiento, además del Director del Colegio. Por lo anterior, se realizará un sumario interno realizado por Dirección.
Se solicitará al docente que sostenga entrevista con el apoderado, en la cual, pedirá disculpas por su accionar. Si el docente se niega a solicitar disculpas o bien repite su accionar, será inmediatamente removido de su puesto de trabajo.
AGRESION FISICA POR PARTE DEL DOCENTE HACIA EL APODERADO
Si existiese la situación de agresión física por parte de un Docente hacia un apoderado del colegio, se evaluará su expulsión y término de Contrato del Docente involucrado, previo sumario interno realizado por Dirección.
OBLIGACION DE DENUNCIA DE AGRESION
En el caso que el apoderado decida realizar una denuncia a Carabineros deberá realizarla personalmente, dejando constancia a la vez en el libro de Registro de entrevistas de convivencia escolar o actas del establecimiento, a modo de respaldo para él.
AGRESION VERBAL O FISICA A DE ESTUDIANTES A MIEMBROS ADULTOS DEL ESTABLECIMIENTO
1. De la denuncia en casos de violencia o agresión:
Los padres y apoderados, alumnos (as), docentes, personal en general, deberán informar al Encargado de Convivencia Escolar u otra institución análoga, las situaciones de violencia física o psicológica u hostigamiento que afecten a un miembro de la Comunidad Educativa, ya sea, dentro o fuera del establecimiento educacional y de las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al reglamento interno.
El docente o inspector que sorprenda a un alumno incurriendo en alguna manifestación de agresión deberá registrar la anotación de manera inmediata en la hoja de vida del alumno e informar a la Encargada de Convivencia de acuerdo a la base del reglamento interno.
2. Del procedimiento: en la atención en caso de violencia. La Ley General de Educación en el Art. 10, letra c y d, establece el derecho de los profesores y asistentes de la educación respectivamente a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
• Durante el transcurso de la investigación se deberán tomar las medidas necesarias que aseguren confidencialidad, respeto y dignidad de las personas comprometidas.
• Frente a cada entrevista deberá quedar registrada un acta
• El uso y acceso al registro de denuncia y/o investigación, será reservado al Director, Encargado de Convivencia o a la autoridad ministerial correspondiente.
• El encargado de convivencia deberá de manera reservada citar a los involucrados o testigos de un hecho a declarar para recabar antecedentes.
• Quien aplique las sanciones será el Director (a), en base a las sugerencias del encargado de convivencia o de acuerdo al protocolo.